DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: PROCEDENTE, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO formulada por el Ciudadano EDGAR JESUS QUINTERO DUARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.323.286 contra la Ciudadana SEVERINA GOMEZ LINARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.923.747.
Segundo: En consecuencia del particular anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Dolores del Estado Barinas, Acta Nº 02, del año 1980, del día 06 de Febrero del año 1980.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese y déjese copia ce.....