D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulada por ciudadano EXIO DE JESÚS ROJAS ATENCIO, identificada con la cédula de identidad N° V-12.947.387, contra la ciudadana EDITH MARÍA CEBALLO MARTÍNEZ, colombiana, identificada con la cédula de identidad N° 40.923.768, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día seis (06) de junio del año 1992, por ante el Registro Civil del Municipio Girardot Estado Aragua, según evidencia del acta de Matrimonio N° 502, tomo 3, Año 1992, Con fundamento en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dictada en el expediente N° 1070, de fecha 9 de Diciembre d.....