- III ¿
D E C I S I Ó N
Por los fundamentos de hecho y de derecho que se dejan expuestos en los Capítulos precedentes, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA CUESTIÓN PREVIA DE PREJUDICIALIDAD, contenida en el Ordinal 8° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada; en el presente juicio de EJECUCIÓN DE HIPOTECA, que sigue el BANCO MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil SERVICIOS Y TRANSPORTES PETROLEROS C.A. y el ciudadano ADRIAN MARTIN NARCISO MIGUEL, ampliamente identificados al inicio de esta decisión.-
Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 276 del Código de Procedimiento Civil.
Por cuanto la anterior decisión ha sido dictada fuera d.....