Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de las Circunscripciones Judiciales de los estados Aragua y Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida el abogado Argenis José González Salas, titular de la cédula de identidad N° V-2.520.672, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 12.994, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Luís Ignacio Morillo Barrios y Ligia Romero de Morillo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-3.435.448, V-3.516.354, respectivamente, contra la decisión dictada por el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha veinte (20) de octubre de 2010, por lo que SE ANULA LA CONDENATORIA EN COSTAS de la referida decisión manteniéndose incólume .....