Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen procesal del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la presente causa para conocer de los recursos contra Resoluciones Administrativas emanados de las Inspectorías del Trabajo. SEGUNDO: DECLINA SU COMPETENCIA para conocer el mencionado caso en a los Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los fines que la causa continúe su curso de Ley, como consecuencia de ello se ordena remitir el expediente al referido Tribunal.