DECISIÓN
En virtud de las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora en fecha 9 de octubre de 2013, contra la sentencia proferida por el Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (hoy Tribunal Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas), en fecha 07 de octubre de 2013.
SEGUNDO: Se REPONE LA CAUSA al estado que el Tribunal de Municipio fije por auto expreso la oportunidad para la celebración de la Audiencia correspondiente, en el entendido que se encuentran a derecho todas las partes intervinientes en el proceso.
Por la naturaleza del presente fallo.....