este JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: UNICO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO incoado por los ciudadanos JENNY CAROLINA GOMEZ, RAFAEL ALIRIO NUNES MARTINEZ y LEONARDO ARGUELLO RIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 14.127.368, 13.866.703 y 16.083.557, respectivamente, contra las empresas PROMOCIONES AREDOS C.A y MSD FARMACEUTICA C.A, la primera inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 11-11-05, No 94, Tomo 1211 A, y, la segunda inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas el 10-06-99, No 48, Tomo 9-por Diferencia de Prestaciones Sociales. No hay condenatoria en costas.