PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta contra la decisión de fecha en fecha 02 de Diciembre de 2014 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de Trabajo con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada bajo la motivación de esta Alzada y en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS , incoada por el ciudadano JESUS MANUEL AGUIRRE BAÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.847.398, contra la entidad de trabajo INDUSTRIA PLASTICA UNIDAS IPUSA, S.A y se condena a la entidad de trabajo demandada, antes identificada, a cancelar la cantidad de CIENTO SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS BOLIVARES CON TREINTA Y UN CENTIMOS (Bs 106.676,31) por los conceptos referidos en la parte motiva de la presente decisión más las cantidades que resulten de la expertita complementaria del fallo ordenada., TERCERO: No se condena en costas dada la nat.....