´Por todas y cada una de las razones que anteceden, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la presente solicitud y en consecuencia de ello DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que existe entre los ciudadanos MELIDA IRENE FUENTES DE AZOCAR y HECTOR LUIS AZOCAR DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-10.894.163 y V-4.363.752 respectivamente y de este domicilio, respectivamente y de este domicilio según matrimonio civil, celebrado por ante el Registro Civil de la Parroquia Boquerón, Municipio Maturín del Estado Monagas, según consta en copias certificada de acta de matrimonio N°07, Folios 46-48, Tomo 01 del año 1990´