En consecuencia, este JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 185 del Código Civil, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO MUTUO CONSENTIMIENTO, conforme a lo establecido en la sentencia N° 693/15 dictada por la Sala Constitucional del Supremo de Justicia, interpuesta por los ciudadanos: AIXES LEONELA PEÑA MACHADO Y MIGUEL ANTONIO HERNANDEZ GUERRA, venezolanos, Mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V- 10.342.449 y V- 10.340.590, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado CARLOS JORGE YGUARO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.928.734, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 86.719.
SEGUNDO: Se declara Disuelto el vínculo matrimonial c.....