Por lo antes expuesto, este tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de casación propuesto por el abogado OMAR GAVIDES, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora sociedad mercantil EL CAFETAL, C.A., contra la sentencia dictada por este tribunal en fecha 11 de julio de 2006, en el juicio que por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL sigue la sociedad mercantil arriba señalada contra las sociedades comercio SICODÉLICA INMOBILIARIA, C.A. y DEXTRA PROMOTORA C.A.-
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada.