1.- Se declaró parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Iván Ibarra Rodriguez, en su condición de Abogado Defensor del ciudadano JUAN MIGUEL VEGAS MILLAN, en contra del auto dictado por el Tribunal 5° de Control que decretó MPPL. 2.-Se estableció que la precalificación jurídica que merecen los hechos imputados es la de Hurto Calificado por Fractura, con la agravante generica de nocturnidad previsto en los artículo 453.4° en concordancia con el 77.12° ambos del Código Penal. 3.- Se acordó otorgarle al imputado MCSL de presentación cada ocho (8) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este CJP. 4.- Se confirma parcialmente la resolución judicial impugnada.