Por los todos los razonamientos expuestos, este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO.- SIN LUGAR la demanda intentada por la sociedad mercantil INVERSIONES EBEVIN C.A. contra PRENEMCA M & C C.A. y ALBERTO EDMUNDO MARTÍNEZ GOTTBERG por concepto de cobro de bolívares y de resolución de los contratos protocolizados por ante la Oficina Subalterna del Cuarto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Federal, el primero, en fecha 16 de noviembre de 1988, bajo el número 31, tomo 8, protocolo primero, y el segundo, el 28 de febrero de 1992, bajo el número 89, tomo 10, protocolo primero, cuyas copias certificadas obran respectivamente a los folios 114 al 118 y 119 al 124, respectivamente. SEGUNDO.- SIN LUGAR la apelación ejercida el 20 de febrero del 2004 por el abogado JHONNY MUJICA CARELLI en representación judicial de la parte actora sociedad mercantil INVERSIONES EBEVIN C.A., contra la sent.....