PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 26 de mayo de 2011, dictada por el Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por la ciudadana María Gabriela González contra las empresas VESTUARIO CORPORATIVO VOLPE A. N. A., C.A., ASOCIACIÓN COOPERATIVA MIS AMIGOS, C.A., y la ciudadana Ana Julia Suárez, ambas partes suficientemente identificadas en autos y en consecuencia se condena a la parte demandada a pagar a la actora los conceptos y montos señalados conforme a los parámetros establecidos en la parte motiva del presente fallo. TERCERO: SE MODIFICA la sentencia apelada.