Capitulo III
DECISION
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: HÉCTOR RAFAEL FLORES GARCIA y MIREIBYS EVELIN GARCIA, venezolanos, Mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nº V-11.086.855 y V-11.092.011, respectivamente.
En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 14 de Febrero del 2.013, por ante el Registro Civil del Municipio José Ángel Lamas del Estado Aragua, según se evidencia de acta de matrimonio inserta bajo el Nº 23, Folio 23 fte y vto, Tomo I, Año 2.013.
Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la .....