Con base a tales razonamientos, es ineludible que existiendo otras vías idóneas que les ofrece el ordenamiento jurídico a la accionante para impugnar o atacar resoluciones que consideren lesivas a sus derechos, resulta inadmisible la acción de amparo, toda vez que esta acción está reservada únicamente para restablecer las situaciones que provengan de violaciones de derechos y garantías fundamentales, pero de ninguna forma de las regulaciones legales que se establezcan, aún cuando las mismas se fundamenten en tales derechos y garantías, por lo que se deduce de los señalamientos de la parte presuntamente agraviada respecto a las actuaciones de la juez a quo que ejecuto el desalojo no son violaciones de derechos sino de regulaciones legales establecida en cuanto al procedimiento para ejecutar el desalojo en mención, resultando así, a todas luces para este operador de justicia, la presente acción INADMISIBLE por cuanto el accionante recurrió a una vía extraordinaria sin agotar la vía ordi.....