este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDA LA ACCIÓN en la demanda incoada por el ciudadano ROSELIANO MEJIAS, titular de la cédula de identidad Nro. V.-3.935.057, contra la empresa CENTRAL EL PALMAR, S.A). Se deja constancia que en la presente audiencia se dio cumplimiento a lo previsto en artículo 162 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, pues fue reproducida en forma audiovisual. Es todo. Terminó se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA,
Dra. MARGARETH BUENAÑO
APODERADO DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA,
ABG. E. MILENE BRICEÑO.
ALGUACIL
TECNICO AUDIOVISUAL
EXP: DP31-L-2006-000115.
M.B./m.b.t