En virtud de los criterios jurisprudenciales antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara: PRIMERO: "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos EILYN MILAGROS ARRIOJAS RANGEL y ELIAQUIN ARAUJO SERRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.565.947 Y 12.857.550respectivamente. SEGUNDO: Declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fechanueve (09) de marzo de 2018, por ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño Municipio Samán de GuereTurmero Estado Aragua, según se evidencia en el Acta de Matrimonio inserta bajo el Nº 98, folio 98, tomo 1 año 2018.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjes.....