Por ello se ordena la subsanación en cuanto al ordinal 7º del artículo 340 del Texto Adjetivo Civil, debe la parte actora subsanar dicho defecto de la demanda especificando de manera clara y precisa los daños, perjuicios y su estimación en dinero por las causas que generan o generaron los mismos. Y ASÍ SE DECIDE.
Se advierte a la parte actora que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 354 del Texto Adjetivo Civil, se le concede un plazo de cinco días de despacho, una vez que conste en autos la consignación de la última de las notificaciones de las partes sobre el presente fallo, para que subsane los defectos invocados, debe igualmente señalarse que si en el plazo indicado no subsana dichos defectos, el proceso se extingue produciéndose el efecto señalado en el artículo 271 del mismo código.
En cuanto al escrito de contestación de la demanda presentado por la parte demandada plenamente identificada up supra, que riela a los folios 145 al 148, es extemporáneo por tempestivo......