DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1. COMPETENTE, para conocer de la presente demanda.
2. ADMITE la presente demanda de contenido patrimonial cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, cítese a la sociedad mercantil, TIENDAS ROCKY, C.A., en la persona de su representante legal o apoderado judicial. Notifíquese a la Procuradora General de la República, y a la parte actora.
3. Se FIJA la Audiencia Preliminar, para el décimo (10º) día de despacho siguiente, a que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, a las diez ante meridiem (10:00 a.m.).
4. Se insta a la parte actora que proporcione los fotostatos correspondientes para que se elaboren las compulsas respectivas, para practicar la citación ordenada, una vez que la parte accionante haya consignado los indica.....