Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO:INADMISIBLE la presente demanda de ACCIÒN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO interpuesta por la ciudadana SARA DEL VALLE RAMOS GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-14.285.582, de este domicilio, y en representación del ciudadano PASTOR ANTONIO RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.184.290, y de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio GIOVANNI PIRILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.082.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la especial naturaleza de la materia.