En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Décimo de lo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE ABSTENCIÓN, realizado por el Abogado OSCAR GUILARTE inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 48.301, actuando con su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES R1100, C.A., con el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO BOLIVARINO DE MIRANDA., publíquese, regístrese, déjese copia certificada en el control de sentencia llevado por este tribunal. Dada, firmada y sellada en la sal de Despacho del Juzgado Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en caracas a los nueve (09) días del mes de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
Años 206° de la independencia y 157° de la federación.