Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, acuerda en conformidad lo solicitado, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACIÓN y se ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. ASÍ SE DECIDE.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.
EL JUEZ ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN
DAS/BT/zs
Exp. T2M-M 13.163