Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la circunscripción judicial del Estado Monagas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la presente demanda de Cumplimiento de la Obligación de Entrega del Inmueble Arrendado, interpuesta por la Sociedad Mercantil Inversora Ambos Mundos C.A., inscrita en el Registro Mercantil que era llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 09 de Febrero de 1.994, anotada bajo el Nº 52, Tomo Primero Habilitado, representada por el ciudadano Agustín González Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.619.684, y de este domicilio; actuando en su carácter de administrador de dicha empresa, debidamente representada por las Abogadas en ejercicio Ruth Brito Betancourt, Ma.....