este Tribuneste Tribunal Décimo Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos y valor de la Cosa Juzgada. Se deja constancia del la devolución de los elementos de pruebas a las partes, el tribunal deja constancia del recibo del prenombrado cheque en este mismo acto por la parte actora. Asimismo, y visto que no existen pagos pendientes se ordena una vez firme la presente acta se proceda al cierre y archivo del expediente. Es todo. Se termino. Se leyó y conformes firman.-
El Juez Titular
Abog. Aníbal F. Abreu Portillo
La Secretaria
Abog. Jeraldine Guidiño.
El apoderado del actor:
Los apoderados de las codemandadas:
al Décimo Sexto de Sus.....