Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:PRIMERO:INADMISIBLE la presente demanda de ACCION MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO, interpuesta por la ciudadana AURORA DEL CARMEN DIAZ RAMIREZ, venezolana, mayor de edad y con cédula de identidad N° V-7.285.606, debidamente asistida del Abogado JOSE ANIBAL MARQUEZ ROMERO, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 18.011.SEGUNDO:No hay condenatoria en costas en razón de la especial naturaleza de la materia.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civily Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a losnueve (09) días del Mes de Diciembre del Año Dos Mil Veintidós (2022). Años .....