DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoado por la ciudadana ZULY LISSETT AGUILAR BENCOMO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.657.152, contra el ciudadano ALEJO RAFAEL IBARRA LOPEZ, quien es venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-3.913.204, en consecuencia, QUEDA RECONOCIDO JUDICIALMENTE el documento privado de un acuerdo extrajudicial a los fines de dirimir las controversias legales y judiciales existentes en la cual Primero: El ciudadano ALEJO RAFAEL IBARRA LOPEZ, quien es venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-3.913.204, reconoce haber cedido a la.....