Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por el ciudadano FERNANDO JOSÉ VILLARROEL, titular de la cédula de identidad Nro. 13.608.638, de este domicilio, debidamente asistido por la abogada Yasmir Forte Betancourt, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 89.077, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA.
2.- SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta, en los términos expuesto en la motiva de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y notifíquese al Presidente del Instituto Nacional de la Vivienda, a tenor de los dispuesto en el artículo 98 de la Ley Orgánica de la Administración Pública en concordancia con lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valo.....