Se reformó de conformidad con lo previsto en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, el auto de admisión de la presente causa, dejando sin efecto las notificaciones practicadas y las posteriores actuaciones. En consecuencia, se ordenó la citación de la ciudadana PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA y de la Sucesión de ORLANDO J. FAROH RICHA, representada por el ciudadano ORLANDO TULIO FAROH CANO, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.969.498, ciudadano CIPRIANO J. AGREDA P., titular de la Cédula de Identidad No. V-5.893.987, su firma personal y como representante de la Empresa ROTAPRINT SOLUCIONES GRÁFICAS C.A.