Vistas las actuaciones que conforman la presente causa, y tomando en consideración lo establecido en el artículo 153 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual permite al juez, bien de oficio o a instancia de parte, acordar en cualquier estado y grado del proceso, una audiencia de conciliación, como alternativa para la solución del conflicto, es por esto que este Tribunal considera pertinente en el presente caso fijar la celebración de una Audiencia Conciliatoria con las partes intervinientes en juicio. En consecuencia, se ordena notificar a los ciudadanos PASSANTINO NERO SALVADOR GIOVANNI, ALEJANDRO PANTOJA, DIONICIA PALENCIA, SOTERA DEL CARMEN SANCHEZ PALENCIA, EVELIN MARGARITA SANCHEZ, MARIA ELENA SANCHEZ PALENCIA, MARIA MERCEDES SANCHEZ PALENCIA, MARGARITA DEL CARMEN SANCHEZ PALENCIA, GREGORIO JOSE SANCHEZ y ANA VICTORIA ACOSTA, venezolanos mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V- 8.681.007, V-3.847.960, V-3.353.157, V-6.676.495, V-25.646.480, V-17.790.4.....