este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin Lugar la demanda interpuesta por el Ciudadano ORIOL GONZALEZ contra la Asociación Civil Unión Santa Rita.- SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales y demás beneficios Laborales tiene incoada el Ciudadano ORIOL GONZALEZ contra el Ciudadano ELIO RAMON ARAUJO NATERA, titular de la Cedula de Identidad No. 3.375.138 y en consecuencia, CONDENA al Ciudadano ELIO RAMON ARAUJO NATERA, titular de la Cedula de Identidad No. 3.375.138; a cancelar a la parte actora la cantidad de DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLIVARES CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.16.335.748,94); es decir, BsF.16.335,74; por todos y cada uno de los conceptos laborales supra discriminados.-