Se Admite y se Homologa el presente Convenimiento de Obligación de Manutención presentada por la ciudadana YOLANDA J CAÑIZALEZ S, en su carácter de Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes acreditada bajo el N° 390, adscrita a la Defensoría Josefa Camejo N° 035, Ubicada en Registro Subalterno de la Parroquia Caricuao del Municipio Libertador y suscrita por los ciudadanos DIOMEDES CELESTINO ALVIA DELGADO y MIRIAN RAMIRA BAQUE FALCONES, en todas y cada una de sus partes, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada