RESUMEN
Fue recibida en fecha 20-02-2025, admitida el 24-02-2025, en este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en Punta de Mata, el escrito de la solicitud de Divorcio fundamentada en (DIVORCIO DE FORMA UNILATERAL POR DESAFECTO) basado en el Artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la Sentencia Nº 1070, de fecha 09 de Diciembre del 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia., presentada por el ciudadano: WILLIAM MARTIN BRAVO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V°-4.816.589, Número de Pasaporte 185723347, domiciliado en la Calle Nº 25, Casa, Nº 10, Planta Baja, Buena Vista Primera, Villa Mella Santo Domingo Norte Gran Santo Domingo, República Dominicana, representado por su Apoderada Judicial, CARMEN MARÍA MENESES SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de ident.....