En atención a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: EL BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, a favor del penado: LINARES URDANETA ADELIO ALBERTO, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.193.827, quien es de nacionalidad venezolano, residenciado en: URBANIZACIÓN LAS MERCEDES QUINTA ETAPA, VEREDA N° 06 CASA N° 02, LA VICTORIA ESTADO ARAGUA, de conformidad con el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, fijando como régimen de Prueba el plazo de DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS, el cual terminara de cumplir en fecha: 05 DE SEPTIEMBRE DE 2.010, por lo que deberá cumplir las siguientes condiciones:
1.- No cambiar del domicilio donde reside actualmente, ubicado la siguiente dirección: URBANIZACIÓN LAS MERCEDES QUINTA ETAPA, VEREDA N° 06 CASA N° 02, LA VICT.....