En consecuencia Este Tribunal de Primera Instancia En Función de Ejecución Numero Dos del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA LA PRESCRIPCION DE LA PENA impuesta al ciudadano: WILMER JOSÉ CORRALES RIVERO venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.980.628, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 471 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 112 ordinal 1° del Código Penal y en consecuencia la LIBERTAD PLENA del prenombrado penado. Líbrese copia certificada de la presente decisión al Departamento Legal del Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas con sede en Caracas, a objeto de que sea excluido del registro policial referido a la presente causa. Notifíquese al Fiscal Undécimo del Ministerio Público del Estado Aragua. Notifíquese al penado y a su defensor. Remítase la causa a la Oficina de Archiv.....