Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 20 de octubre de 2022, por el abogado MIGUEL AZOCAR ROJAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, contra la providencia dictada el 11 de agosto de 2022, por el Juzgado Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de desalojo, incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES LOUREIRO, S.R.L., contra la ciudadana GLADYS BRAVO DIAZ, ambas partes plenamente identificadas en el encabezamiento del presente fallo. TERCERO: SE ORDENA a la parte demandada, ciudadana GLADYS BRAVO DIAZ, a hacer entrega material en las mismas condic.....