En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con lo dispuesto en la Sentencia N° 693, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02 de Junio de 2015, Exp. 12-1163, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio por Mutuo Consentimiento interpuesta por los ciudadanos:JOSELITH LIDIANNI VILLEGAS TOVAR Y JIOMIR REMIGIO SEQUERA SEQUERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-22.940.587 y V-17.798.338 respectivamente. En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 28 de noviembre de 2014,por ante la Registro Civil Parroquia Francisco de Miranda Municipio Francisco Linares Al.....