De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 49 ordinal 4° de la Constitución Bolivariana de Venezuela y 531 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; se acuerda declinar la competencia en lo atinente al ciudadano Luis Enrique Sifontes, a los Tribunales de Responsabilidad Penal de Adolescentes; envirtud de que el mismo no contaba con la mayoridad al momento se suscitarse los hechos investigados.