Mediante decisión se NEGO la solicitud de decaimiento de la Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad, formulada por la defensa, sin que ello signifique prejuzgar sobre la participación o no de del acusado en los hechos, la cual es materia propia del Juicio Oral y Público que esta previsto para el VIERNES VEINTIDOS (22) DE MAYO DE 2013 A LAS 3:00 HORAS DE LA TARDE, como corolario se MANTIENE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD que pesa sobre el mismo. Se ordena librar Oficio al Lic. WILMER APOSTOL Jefe de Traslado del Ministerio del Poder Popular para el Servicios Penitenciarios requiriendo de sus buenos oficios para el cumplimiento de la orden de este Tribunal. Hágase lo ocnducente.-