Con fundamento en los razonamientos antes señalados, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: CONSUMADA DE PLENO DERECHO LA PERENCIÓN; y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la demanda por Querella Funcionarial (Nulidad de Acto Administrativo), intentado por el ciudadano GUILLERMO ANTONIO MAITA, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.065.564, asistido por el abogado REIMUNDO MEJIAS LA ROSA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 116.029, contra la POLICIA DEL ESTADO MONAGAS.
Asimismo se ordena notificar a la parte recurrente de la sentencia.
No hay condenatoria de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzga.....