Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR, la falta de cualidad pasiva alegada por el ciudadano Neil Santos Inojosa. se declara la confesión Ficta de los codemandados Rut Suárez Pinto y Francisco Suárez y en consecuencia se declara CON LUGAR la demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS (ACCIDENTE DE TRANSITO) intentada por el ciudadano LUÍS HUMBERTO ROA PINTO, contra RUT SARAI SUÁREZ PINTO, FRANCISCO SUÁREZ RODRÍGUEZ y NEIL SANTOS INOJOSA y, como consecuencia de ello, se condena a los ciudadanos RUT SARAI SUÁREZ PINTO y FRANCISCO SUÁREZ RODRÍGUEZ, A pagar a la parte actora PRIMERO: la cantidad de SETECIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 790.200,00) por concepto de indemnización de los daños ocasionados al vehiculo del ciudadano Luís Humberto Roa Pinto; SEGUNDO: se ordena la indexac.....