siendo las diez de la mañana, se traslado este Juzgado en compañía del apoderado judicial de la parte actora, abogado Jaime Rene Cartaya, Inpreabogado Nro. 79.817, el perito avaluador, quien fuera debidamente designado y juramentado por el Juez de este Tribunal en la siguiente dirección: casa Nro. 2-A, ubicada en Casalta II, Sector Bella Vista, Barrio Nazareno, Parroquia Sucre, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar las medidas de ENTREGA MATERIAL y EMBARGO EJECUTIVO.- Una vez a las puertas del inmueble el Tribunal procede a dar los toques de Ley, siendo atendido el llamado judicial por Tomasa Morillo Luque, V.-4.664.133, a quien se le dio lectura de contenido del mandamiento de ejecución, informando la notificada ser la madre del demandado en el presente proceso.-Acto seguido el Tribunal, dando cumplimiento a la misión encomendada practica la ENTREGA MATERIAL REAL Y EFECTIVA del inmueble antes identificado y lo pone en la posesión real y física de la parte actor.....