DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección para la Responsabilidad Penal Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRISIÓN PREVENTIVA AL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le imputa la presunta comisión del ROBO AGRAVADO DE VEHICULO MOTO EN GRADO DE COAUTOR previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1°, 2° y 3° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo en concordancia con el artículo 83 del Código Penal vigente, que venía cumpliendo por las establecidas en el articulo 582 Literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, como es la de Presentación Periódica, cada QUINCE (15) Días en el Departamento de Servicio Social, ordenándose su libertad desde la sala de esta sede judicial, debiendo el mismo comen.....