En razón de lo expuesto anteriormente, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta:
ÚNICO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los Abogados BETSY TIBISAY ESCOBAR y JUAN JOSÉ BARRIOS PADRÓN, en sus carácter de defensores del ciudadano SIMÓN EDUARDO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, el cual fundamentan conforme al artículo 447 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 16 de Mayo de 2011, por la Jueza Vigésima Primera (21°) en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al aludido imputado de autos, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL, VIOLENCIA FÍSICA, VIOLENCIA PSICOLÓGICA, SECUESTRO, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previstos.....