Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 27 de mayo de 2001, por el abogado EMILIO BERRIZBEITIA, en su carácter de apoderado judicial de las co-demandadas PROMOTORA K.O. 999, C.A.; PROMOTORA K.O. 888, C.A.; INVERSIONES Z.Z.K. 356 C.A.; PROMOTORA R.M. 356, C.A. y PROMOTORA R.K. 3622, C.A., contra la sentencia dictada en fecha 29 de enero de 2001, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y Sede en la ciudad de Caracas, (hoy Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas).
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SEGUNDO: SE ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado que una vez recibido el expediente se notifiqu.....