declara: PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO de nulidad conforme al artículo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, interpuesto por el ciudadano. GILMER RODRIGUEZ MORENO, en su condición de Vice-Presidente de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTO C A. ( CONFURCA) , en contra de la providencia Administrativa Nª 179de fecha 28-12-200, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, el cual declaro con lugar el Reenganche y pago de salarios caídos de los ciudadanos JOSE LUIS RIVAS, ATILIO RONDON, PABLO ROMERO, ANIBAL GONZALEZ, ANTONIO CABEZA y IRALBERT CEDEÑO, venezolanos, mayores de edades y titulares de la cédulas de Identidades Nros: V.-5.392.694, V.- 12.429.761, V.- 5.390.993, V.- 7.077.329, V.- 11.335.713 y V.- 14.010.417, respectivamente, SEGUNDO: Comuníquese al Inspector del Trabajo de esta decisión una vez que quede firme la sentencia.