DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA N° 4 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto en fecha 02-05-2014, por la profesional del derecho ESPERANZA MACHADO, en su carácter de Defensora Pública Decimaquinta (15°) Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando en representación del ciudadano LUIS MANUEL RAMIREZ ARRIVILLAGA, conforme a lo establecido en el artículo 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 14 de febrero de 2014, por el Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó en contra del mencionado ciudadano, la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad.....