Por todas las consideraciones que anteceden y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil y en atención a lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil; este Juzgado del Municipio Cedeño de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad
de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: LISANDRO ALBERTO BARRETO CARABALLOS Y MARTHA CAROLINA BAQUERO SIFONTES, suficientemente identificados y debidamente asistidos por la Abogado Joel José Fuentes, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 164.470; y en consecuencia, Se Declara: DISUELTO el vinculo matrimonial que los unía, el cual se celebró en fecha 03 de Agosto de 1991, contrajeron Matrimonio Civil por ante la Prefectura del Municipio Cedeño, Caicara, del Estado Monagas.
Liquídese la Sociedad Conyugal.
Publíquese, regístrese, y déjese cop.....