De todo lo anteriormente expuesto, siendo competente este Tribunal, analizada como ha sido la presente solicitud, la Justificación promovida y evacuada al efecto y por cuanto se evidencia en autos que no fue presentada oposición alguna, considera quien suscribe suficientes las precedentes diligencias para declarar TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana, CARMEN ARELIS BLANCO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N°. V-14.870.644, y domiciliada en Sector La Esperanza, Calle Paul, Casa S/N, Municipio San Sebastián de los Reyes, Estado Aragua