D E C I S I Ó N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos AMBROSIO DEL VALLE HERRERA ZERPA y MARELYS JOSEFINA ZAMORA DE HERRERA, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-9.435.908 y V-10.674.583, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día primero (1ero) de junio de mil novecientos ochenta y nueve (1989) por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del estado Aragua, según consta en Acta que corre inserta bajo el Nro. 23, Tomo II°, Folios 23, que reposa en el Libro de matrimonios llevados por ese Registro, con fundamento .....